Tras los buenos resultados obtenidos por el despacho con múltiples clientes, hemos considerado oportuno hablar de un tema de crucial importancia para todas aquellas personas que ostentan u ostentaron la condición de “autónomo societario”, que no es otra que el autónomo que lo es por obligación legal, dada su condición de administrador de una sociedad mercantil.
Y entendemos que se trata de un tema relevante ya que la cantidad media que el despacho ha recuperado a sus clientes por el exceso de cuotas abonadas durante los últimos 4 años, se sitúa entorno a unos 4.000 euros, la cual variará en función de aspectos como, por ejemplo, base de cotización, fecha de alta, etc., pudiendo incluso verse superada.

El origen de todo surge en el año 2013, cuando la Seguridad Social, dentro de un plan del gobierno para promover el autoempleo, incorporó la conocida “Tarifa Plana” para todos aquellos autónomos que iniciaban la actividad. La medida fue un “éxito” aparente, ya que en la práctica, la Seguridad Social excluyó de forma injusta la bonificación para todos aquellos autónomos que lo eran por su condición de administradores societarios, obligándoles de ese modo a pagar la cuota íntegra, que para aquel año, ya oscilaba entre los 250 y 900 euros mensuales en función de la base de cotización elegida.
Pues bien, tras muchos años de ardua lucha judicial, el Tribunal Supremo nos ha dado la razón y se la ha quitado a la Seguridad Social, al entender que los autónomos societarios tienen el mismo derecho que cualquier otro autónomo a disfrutar de los efectos de la Tarifa Plana en toda su extensión.
Por todo ello, los autónomos societarios que se dieron de alta en el RETA y no disfrutaron de las bonificaciones por Tarifa Plana, podrán recuperar lo que por derecho les pertenece, en concreto, el exceso de cuotas abonadas durante los últimos 4 años que, como ya adelantábamos, supondría una recuperación media de 4.000 euros, aunque en función del caso, podría incluso verse superada.
Como siempre, agradecemos de antemano vuestro interés y esperando que el artículo os haya resultado útil, quedamos a vuestra entera disposición.

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