Como un gran número de trabajadores, has sido incluido en un ERTE como consecuencia del estado de alarma y, como es lógico, tienes muchas dudas que vamos a contestarte de la manera más sencilla, ya que, aunque se trata de un tema complicado, no tiene porque serlo con nuestra ayuda.
- ¿Tengo derecho a cobrar el Desempleo aunque no tenga el mínimo requerido?
SÍ. Si no tenías el mínimo tiempo requerido para cobrar el desempleo pera has sido incluido en un ERTE por fuerza mayor, podrás percibir la prestación por desempleo mientras dure el mismo.
- ¿Si no me han suspendido el contrato en su totalidad pero me han reducido la jornada, tengo derecho a cobrar el paro?
SÍ. Si en vez de suspenderte totalmente el contrato te han reducido la jornada, tienes derecho a cobrar el desempleo en el porcentaje de reducción que te corresponda.
- ¿Tengo que ir a la Oficina de Empleo para solicitar la prestación por Desempleo?
NO. Para evitar que tengas que desplazarte, el Gobierno ha pedido a las empresas que comuniquen a la Oficina de Empleo la solicitud de para cobrar la prestación. Lo único que tendrás que realizar es una autorización a la empresa para que puedan solicitarlo en tu nombre.
- ¿Qué pasa con la duración de mi contrato temporal?
Si antes de incluirte en el ERTE tenías un contrato temporal, la buena noticia es que el tiempo que dure esta situación, prolongará la fecha de finalización. Por ejemplo, si tu contrato finalizaba el 30 de abril de 2020 y el estado de alarma (y por lo tanto el ERTE) dura 1 mes, tu contrato temporal finalizará el 30 de mayo de 2020, es decir, 1 mes después.
- ¿Me tienen que dar de baja en Seguridad Social mientras dure el ERTE? ¿Cómo puedo saber si me dan de baja?
NO. Dado que se trata de una suspensión del contrato (que no extinción) se seguirá cotizando a todos los efectos. Podréis saber que os han dado de baja porque os llegará un SMS de la Tesorería General de la Seguridad Social comunicando esta situación.
Éstas y muchas preguntas son las que estamos resolviendo a diario a nuestros clientes. Todas ellas se basan en la experiencia que nos da asesorar a empresas y a grupos de trabajadores que se encuentran en una situación como la tuya.
Como siempre, agradezco de antemano vuestro interés y esperando que el artículo os haya resultado útil, quedo a vuestra entera disposición.
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Rubén Zabala – Socio de Orion Legal

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